domingo, 3 de mayo de 2015

36º ANIVERSARIO DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

2014-12-06          36º ANIVERSARIO DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

Puede que se esté celebrando la conmemoración de una Carta Magna que en su Artículo 14 dice: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social,

También figura  el Art. 15 :Todos tienen derecho...” lo cual no exceptúa ni deja fuera a NADIE en España (así debería de ser, pues la palabra TODOS no admite exclusiones),
aunque según el Artículo 56.3  dice: La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad y, siguiendo adelante, llegamos al Artículo 71.1 “Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad...” por lo que ya hay unos  con privilegios que los diferencias de lo demás españoles y, por ello, NO SON IGUALES, razón por la que,
si de verdad, se desea validar el texto del Artículo 14, deben ser TOTALMENTE ANULADOS TODOS LOS PRIVILEGIOS Y TODOS LOS AFORAMIENTOS para que prevalezca, por encima de todos que :Los españoles son iguales ante la ley.

Puede apreciarse que, si se desea darle TOTAL VALIDEZ al citado Artículo 14 para implantar la IGUALDAD que establece, es notorio que la Constitución debe ser modificada en lo que se cita, no deseando comentar la cantidad de modificaciones que, por motivos partidistas, de dominio u otro cualquiera propugnan determinados elementos.

Pues bien, hoy 6 de Diciembre de 2014 encuentro, como titular de la primera plana
del ejemplar nº 9.555 del rotativo LA OPINION DE MURCIA el siguiente titular, a cuatro columnas ; Los grandes casos de corrupción se quedarían en papel mojado con las nueva reforma procesal y, seguidamente >Limita la instrucción a tres años, un plazo que ha sido superado en sumarios como el caso Umbra o la Zerrichera. p 2 y 3 y en páginas interiores amplia una información que deja estupefacto al paciente lector que creía se está luchando contra la corrupción que ha invadido el País.

Estimo que, si se desea hacer cumplir lo señalado y todavía vigente en el citado texto, para cumplir lo establecido en el Artículo 117. 1 La Justicia emana del pueblo y se administrará en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley, por  lo cual creo que si de verdad emana del pueblo sobra ahora el propósito que, al parecer, se quiere adoptar para evitar los delitos instruidos y en trámite judicial, así como los que se encuentren al inicio de investigaciones, toda vez que todo incumplimiento de la legalidad vigente es, supongo, un delito a juzgar y no creo pueda hacerse una nueva reforma procesal para aplicar con efectos retroactivos.

Un Juez solo tiene que preguntar a un presunto corrupto ¿Puede explicar Vd. como, con los ingresos que tiene, ha podido vivir y acumular tan gran fortuna?
Si la respuesta no es convincente y demostrada documentalmente, debe ser suspendido de todos sus cargos,  con embargo provisional de todos sus bienes así como los puestos a nombre de sus familiares desde la fecha que se inició en política o llegó a un alto cargo en el que pudiese relacionarse con corruptores o conceder “favores” y, sea quien sea, debe ingresar en prisión preventiva hasta la celebración del juicio, ya que según el citado Artículo 14 Los españoles son iguales ante la ley.

Si se hace una reforma de algún código, debe de ser, en su caso, para que se aplique sobre delitos cometidos DESPUÉS de su aprobación, no para los cometidos ANTES DE SU EXISTENCIA, pues eso sería aplicar una Justicia inexistente entonces a delitos cometidos cuando la legalidad vigente era distinta por lo que, para que no escapen tantos granujas como han violado la Ley actual, éstos no puedan acogerse a otra que no existía cuando se cometió el delito o infracción de que están acusados, por lo que los Jueces deben seguir aplicando la primitiva doctrina, con la única corrección para su cumplimiento de que, si existían  disposiciones por las que ahora pudiesen escapar, les apliquen en los procedimientos en curso, la nueva penalización que se ganaron al infringir con su actuación una Ley que personas decentes y honradas no tienen por que temer. Y sin que NADA prescriba por ningún concepto.

Se habla también del traslado de Jueces, lo cual posibilitaría que algún caso importante quedase abandonado, por lo que se podría pensar la existencia, en nivel superior, de que no se resolviese nunca. Para terminar, al ser la corrupción una lacra internacional, hasta en el Vaticano han iniciado ahora la investigación de cosas ocurridas años atrás.

Conforme están las cosas, teniendo en cuenta las reformas y traslados citados, con más de mil ochocientos casos tramitándose en los Juzgados -que solo son la punta del iceberg- en mi mal pensar estimo que sobrarán dedos en una mano para contar las sentencias que se cumplan por corrupción.

Debe recordarse que al célebre gánster de Chicago Al Capone, según tengo entendido, no le pudieron juzgar por crímenes y otros delitos. Entró en presidio por delitos fiscales. Y aquí, al parecer, ni por eso..

Murcia, 6 de Diciembre de 2014              José María Vela Urrea


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