2014-12-06
36º
ANIVERSARIO DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Puede que se esté celebrando la
conmemoración de una Carta Magna que en su Artículo 14 dice: Los españoles son iguales ante la ley, sin
que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo,
religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social,
También figura el Art. 15 :
“Todos tienen derecho...” lo
cual no exceptúa ni deja fuera a NADIE en España (así debería de ser, pues la
palabra TODOS no admite exclusiones),
aunque según el Artículo 56.3 dice:
La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad y,
siguiendo adelante, llegamos al Artículo 71.1 “Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad...” por lo que
ya hay unos con privilegios que los
diferencias de lo demás españoles y, por ello, NO SON IGUALES, razón por la
que,
si de verdad, se desea validar
el texto del Artículo 14, deben ser TOTALMENTE
ANULADOS TODOS LOS PRIVILEGIOS Y TODOS LOS AFORAMIENTOS para que
prevalezca, por encima de todos que :Los
españoles son iguales ante la ley.
Puede apreciarse que, si se desea
darle TOTAL VALIDEZ al citado Artículo 14 para implantar la IGUALDAD que
establece, es notorio que la Constitución debe ser modificada en lo que se cita,
no deseando comentar la cantidad de modificaciones que, por motivos
partidistas, de dominio u otro cualquiera propugnan determinados elementos.
Pues bien, hoy 6 de Diciembre de
2014 encuentro, como titular de la primera plana
del ejemplar nº 9.555 del
rotativo LA OPINION DE MURCIA el siguiente titular, a cuatro columnas ; Los grandes casos de corrupción se
quedarían en papel mojado con las nueva reforma procesal y, seguidamente >Limita la instrucción a tres años, un
plazo que ha sido superado en sumarios como el caso Umbra o la Zerrichera. p 2
y 3 y en páginas interiores amplia una información que deja estupefacto al
paciente lector que creía se está
luchando contra la corrupción que ha invadido el País.
Estimo que, si se desea hacer
cumplir lo señalado y todavía vigente en el citado texto, para cumplir lo
establecido en el Artículo 117. 1 La
Justicia emana del pueblo y se administrará en nombre del Rey por Jueces y
Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles,
responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley, por lo cual creo que si de verdad emana del pueblo sobra ahora el
propósito que, al parecer, se quiere adoptar para evitar los delitos instruidos
y en trámite judicial, así como los que se encuentren al inicio de
investigaciones, toda vez que todo incumplimiento de la legalidad vigente es,
supongo, un delito a juzgar y no creo pueda hacerse una nueva reforma procesal
para aplicar con efectos retroactivos.
Un Juez solo tiene que preguntar a un presunto corrupto
¿Puede explicar Vd. como, con los ingresos que tiene, ha podido vivir y
acumular tan gran fortuna?
Si la respuesta no es convincente y demostrada
documentalmente, debe ser suspendido de todos sus cargos, con embargo provisional de todos sus bienes
así como los puestos a nombre de sus familiares desde la fecha que se inició en
política o llegó a un alto cargo en el que pudiese relacionarse con corruptores
o conceder “favores” y, sea quien sea, debe ingresar en prisión preventiva
hasta la celebración del juicio, ya que según el citado Artículo 14 Los españoles son iguales ante la ley.
Si se hace una reforma de algún
código, debe de ser, en su caso, para que se aplique sobre delitos cometidos DESPUÉS de su aprobación, no para
los cometidos ANTES DE SU EXISTENCIA, pues eso sería aplicar una Justicia
inexistente entonces a delitos cometidos cuando la legalidad vigente era
distinta por lo que, para que no escapen tantos granujas como han violado la
Ley actual, éstos no puedan acogerse a otra que no existía cuando se cometió el
delito o infracción de que están acusados, por lo que los Jueces deben seguir
aplicando la primitiva doctrina, con la única corrección para su cumplimiento
de que, si existían disposiciones por
las que ahora pudiesen escapar, les apliquen en los procedimientos en curso, la
nueva penalización que se ganaron al infringir con su actuación una Ley que
personas decentes y honradas no tienen por que temer. Y sin que NADA prescriba
por ningún concepto.
Se habla también del traslado de
Jueces, lo cual posibilitaría que algún caso importante quedase abandonado, por
lo que se podría pensar la existencia, en nivel superior, de que no se
resolviese nunca. Para terminar, al ser la corrupción una lacra internacional,
hasta en el Vaticano han iniciado ahora la investigación de cosas ocurridas
años atrás.
Conforme están las cosas,
teniendo en cuenta las reformas y traslados citados, con más de mil ochocientos
casos tramitándose en los Juzgados -que solo son la punta del iceberg- en mi
mal pensar estimo que sobrarán dedos en una mano para contar las sentencias que
se cumplan por corrupción.
Debe recordarse que al célebre gánster
de Chicago Al Capone, según tengo entendido, no le pudieron juzgar por crímenes
y otros delitos. Entró en presidio por delitos fiscales. Y aquí, al parecer, ni
por eso..
Murcia, 6 de Diciembre de
2014 José María Vela Urrea
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