domingo, 3 de agosto de 2014

SILENCIO, ¿JUSTICIA?

                                             

Dos son las palabras con que inicio este escrito al referirme a dos casos que me han ocurrido, finalizados con la NO resolución de ninguno, y con ejemplos de “justicia”.

En relación con la primera -SILENCIO- en la tarde del 4 de Octubre de 2010, estuve a punto de ser atropellado por un ciclista y por una moto, caminando por aceras de esta Ciudad. Expuse el caso al Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, formulando las preguntas de ¿Las aceras son para los peatones o para bicicletas y motos? Las llamadas “zonas o calles peatonales” ¿También? en escrito sellado el 8 OCT. 2010 por la Delegación del Gobierno en Murcia.

Al no obtener ninguna respuesta, reiteré dicho escrito, exponiendo además otras cuestiones relacionadas con el tráfico peatonal, por el mismo medio, sellado el 12 SET 2013. Resalto las fechas para destacar como pasa el tiempo.

El departamento de Tráfico y Transportes  respondió en fecha 18 de Marzo de 2014, diciendo “con esta fecha se traslada su petición de prohibido circular bicicletas por zonas peatonales, al Servicio de Medio ambiente”, cosa que no había solicitado por ser de sentido común que las aceras son para uso peatonal, y sin dar cumplida respuesta a mis claras preguntas. Después NADIE ha contestado NADA.

Adjuntaban un informe sobre el cruce Avenida Marqués de los Vélez-Ronda de Levante, en el que decía “que los tiempos de cada fase están muy ajustados no siendo posible atender la solicitud en las circunstancia actuales” y que dicho cruce “dispone de una plataforma más ancha en la mediana que permite realizar la espera de los peatones con las medidas de seguridad necesaria al ubicarse allí la parada del tranvía” como si eso no lo supiéramos, sufriendo en dicha zona a la lluvia o al Sol, bastante fuerte.

Por lo visto el Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Murcia tiene cosas más importantes en que ocuparse, que responder a un ciudadano de su Municipio.

Después de esas respuestas, sin resolver el paso de peatones impedidos o minusválidos, que no tienen tiempo para cruzar la calle, y sin contestar a las dos  preguntas cruciales expuestas al principio, que estimo son bastante claras para que se entere cualquiera que sepa leer, pero que obligan a TRABAJAR a los que cobran de nuestros impuestos, resumí todo ello al Sr. Ministro del Interior en fecha 5 Mayo 2014 por el mismo método, al cual respondió el 16 Mayo 2014 su Gabinete diciendo “Se toma conocimiento de sus consideraciones y se traslada el escrito a la unidad correspondiente, para su estudio y su valoración.”

Esta es la bendita hora, cara a vacaciones, EN QUE TODO SIGUE IGUAL hace casi CUATRO AÑOS.
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Y ahora voy con la segunda palabra del título:  ¿JUSTICIA?

El 22 de Octubre de 2010 tuve la desgracia de tropezar en una de las muchas irregularidades existentes en el pavimento de Murcia, especialmente en las aceras, concretamente con el reborde de un registro del alumbrado público, cayendo de bruces, fracturándome la rodilla derecha y el tabique nasal, siendo atendido por personas que pasaban, las cuales detuvieron a una ambulancia que me traslado al Servicio de Urgencias del muy próximo Hospital Morales Meseguer, donde me operaron esa misma noche.

El 27 MAR. 2012, por medio de la Delegación del Gobierno, al ser dado de Alta, cursé escrito al Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, adjuntando una fotografía del registro causante del accidente y de los oportunos certificados médicos, abriéndose el expediente 57/2012 R.P. en el cual, aparte de dudar de mi palabra al relatar la VERDAD de lo acaecido, apoyada por certificados médicos desestimó mi petición, cometiendo diversos errores, , así como el recurso de reposición presentado después.

Al estimar que, si de verdad se desea hacer justicia, no se puede emitir un fallo hasta no estar un caso DOCUMENTALMENTE completo, seguí buscando documentos que reflejasen la verdad relatada, hasta que obtuve de CRUZ ROJA ESPAÑOLA el 8 de Julio de 2013, un certificado con copia  del parte de la Ambulancia,  con los nombres y apellidos de su tripulación, que me recogieron en el lugar de los hechos y me trasladó al Hospital citado, lo cual confirmaba el sitio y, además facilitaba tres testigos personales, documentos que cursé al Excmo. Ayuntamiento de Murcia  el siguiente día 9 JUL.2013 por mediación de la Delegación del Gobierno en Murcia.

Desde ese momento no obtuve ninguna respuesta de dicha Corporación municipal, pese a reiterarlo el 20 NOV.2013, diciendo al final de este escrito:
Que desea hacer constar que no pretende cobrar INDEMNIZACIÓN ECONÓMICA DE NINGUNA CLASE por lo que PIDE en justa correspondencia ser reconocido por un facultativo médico de esa Corporación para que pueda comprobar los inconvenientes que tengo para andar (desde mi domicilio hasta la Delegación del Gobierno sita en Av. Alfonso X el Sabio, tardo casi media hora ese recorrido) ayudado con un bastón.
Que PIDE ser enviado por esa Corporación a un Centro de Asistencia Médica donde me hagan la oportuna rehabilitación hasta dejarme en condiciones normales para andar.
Que PIDE, para el caso de que dicho Centro de Asistencia Médica esté alejado de mi domicilio, una tarjeta gratuita para viajar en autobús desde la Plaza Circular hasta el mismo, ida y vuelta, la cual devolvería una vez totalmente rehabilitado.”
Sin ninguna respuesta, lo reiteré el 21 FEB. 2014 por el mismo medio.

A la vista de ese SILENCIO, el 5 MAYO 2014 cursé escrito al Sr. Ministro de Justicia, historiando el caso, respondiendo su Gabinete el 14 de Mayo de 2014, acusando recibo de mi escrito y diciendo  “que solo podemos sugerirle que, si lo estima conveniente, recabe el asesoramiento de un Abogado de su confianza que, tras el estudio del asunto, pueda indicarle si a día de hoy, cabe el ejercicio de alguna acción.”, a lo que respondí el 23 MAYO 2014 expresando mi sorpresa  de que “el Ministro de Justicia,  Notario Mayor del Reino y su Ministerio no tengan competencia para obrar con JUSTICIA, ni tampoco para ORDENAR a un Ayuntamiento a que responda a TRES escritos cursados el 9 de Julio, el 20 NOV.2013 y el 21 FB. 2014 por el mismo medio, SOLICITÁNDOLA detalladamente para un caso INCOMPLETO hasta dicho 9 de Julio, por ser cosa elemental que NINGÚN asunto no puede ser juzgado con ecuanimidad hasta no estar COMPLETO y, además, han cometido la injusticia -cuando no la villanía- de dudar de la palabra de un ciudadano honrado y creer que la verdad eran las propias suposiciones de los que (aparte de cobrar de nuestros impuestos), confunden un registro de alumbrado público (según foto presentada) con uno de alcantarillado y que dan la callada por respuesta cuando las mismas quedan totalmente invalidadas al presentar documentos irrefutables, que he tardado tiempo en obtener, hasta que puedan ser considerados todos los  presentados, para expediente 57/2012-R.P. cosa que se produce el 9 de Julio de 2013, conforme detallo en mi escrito del 5-5-2014 , pareciendo confirmar que dicho Ayuntamiento opera con una falta de cortesía monumental para con un ciudadano  de su Municipio, cosa inaceptable si  de verdad,  DESEA ACTUAR CON PLENA JUSTICIA.”

Pasa muchas veces que la Administración, de la clase que sea, olvida su OBLIGACIÓN de responder y, al tiempo que actúa con descortesía, deja al ciudadano totalmente inerme, lo cual estimo no es admisible, si de verdad estamos en un Estado de Derecho, lo cual me lleva a preguntar, al usar mi sentido común,  ¿Dónde está, si es que existe, la JUSTICIA en este País?, conforme la llevo PIDIENDO DESDE HACE TIEMPO.

Consideré que un caso inferior como éste correspondería dilucidarlo el Defensor del Pueblo -cargo copiado aquí del Ombusman sueco, al que supongo más eficacia- pero la experiencia sufrida con un caso anterior donde el de Murcia dijo lo tratase con el de Madrid, éste me remitió al de Valencia y aquel cerró el círculo diciendo que  correspondía al de la Comunidad de Murcia, para intentar resolver este asunto, cursé el
pasado 1 de Julio 2014,  un detallado y muy documentado escrito al Sr. Presidente del Tribunal Supremo, Madrid, expresando que él era mi última esperanza de obtener JUSTICIA, al estar indefenso, o ser atendido por algún Juez o miembro del Ministerio Fiscal que use el SENTIDO COMÚN, solicitando remitan un informe para que el Ayuntamiento de Murcia responda a los razonados escritos que le  he remitido, a los que ha dado la callada por respuesta, toda vez que, dado mi edad y también el mucho trabajo que tiene la Justicia con  casos mucho más importantes que el mío, pues muchas veces afectan al País, estimo no viviría para verlo resuelto y por, ello no lo plantearé ante los Tribunales ordinarios, pero si, de esta forma, recurriendo al Supremo de España que, en mi indefensión, creo puede hacerlo.

ES JUSTICIA QUE ESPERO ALCANZAR.”
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NADA DE NADA . Quedo en la ignorancia de saber si alguien en el Supremo habrá leído mi escrito, de petición de auxilio y del uso del sentido común pues, para terminar, con fecha 17 de Julio de 2014 responde este Tribunal desde la Jefatura del Gabinete, acusando recibo a mi escrito antes citado diciendo “Lamento comunicarle que este Tribunal sólo puede tramitar y resolver los recursos que ante él se plantean con las formalidades legalmente previstas sobre asuntos que estén dentro de su competencia, razón por la que no puede darse causa a su solicitud. El Ilmo. Sr. Magistrado Jefe, firma ilegible y sello.”

Al no recomendarme desde aquí hiciese el trámite a través del Defensor del Pueblo de Murcia colijo que, ante su ineficacia, este cargo ha desaparecido. Creo, además, que no puede producirse constitucionalmente una indefensión, (ver Art. 24.1) máxime cuando no solicitaba un juicio, si no la emisión de un informe para que respondiera el Ayuntamiento de Murcia, cosa que ignoro si estará fuera de su competencia.
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Así va este Mundo cuando antes, en los tiempos antiguos, bíblicos, un Rey tenía un cargo mucho más importante que todas las personas antes citadas, e impartía Justicia, basándose en su sentido común, al no existir leyes y disposiciones que la regulasen, ocurrió el célebre juicio resuelto por el Rey Salomón, al intuir que la madre verdadera del caso que le presentaban era la que prefería ceder su hijo a la otra mujer antes que verlo muerto, al partirlo en dos pedazos.

Por todo lo reseñado estimo se me considera un ciudadano español de una categoría inferior a la igualdad que pregona el Artículo 14 de nuestra Carta Magna, ya que no gozo de la condición de aforado, ni de ningún otro de los beneficios que se conceden a unos cuantos; soy solo un número, por el DNI, de la población nacional, al que solo le queda suponer cual habría sido el fallo de mi caso, emitido por el Rey Salomón, a la vista de las pruebas presentadas.

Con razón se dice “que tiempos pasados fueron mejores”
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Reitero mi pregunta anterior, al expresar mi pensamiento y opinión, lo cual está protegido por el Art. 20.1 a) de nuestra Constitución, de ¿Dónde está, si es que existe, la JUSTICIA en este País?, conforme la llevo PIDIENDO DESDE HACE TIEMPO y formulo otra nueva:  ¿Existe el sentido común?, exponiendo tres ejemplos que la motivan :

El etarra Bolinaza obtuvo la piedad de los jueces -que él no tuvo con sus victimas- para salir de prisión y marchar a su casa, según tengo entendido gracias a un certificado médico que informaba se encontraba en “fase terminal” de un cáncer. Ignoro como calculará un médico ese tiempo, que supongo no será tanto como el ya transcurrido.

Otro caso: La Declaración de Derechos Humanos en su Artículo  3º que dice: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona, (cuyo
primer párrafo figura en el. Art. 15 de nuestra Constitución), estimando falta en ella, y en muchas Leyes, una cosa tan elemental como “cuando alguien viole algún derecho de otro perderá todos los suyos automáticamente”, texto que opino debería formar parte del ordenamiento jurídico de todas las naciones para evitar se produzcan casos como el que ha protagonizado ese Tribunal, con sede en Estrasburgo, no encontrando una explicación lógica para que admitiera a trámite la petición de quienes habían vulnerado repetidas veces dicho Artículo, debiendo preguntar de qué clase es, y con qué justicia actuó (con sentido común, NO), al favorecer a unos infractores de dicha Declaración, causándome sorpresa y estupor la decisión de ese Tribunal  a favor de varios asesinos españoles, así como la inusitada rapidez de la Audiencia Nacional para cumplirla y conceder la libertad (con la repulsa general e indignación de los familiares de las víctimas ocasionadas por los encausados) junto con otros,  a la etarra Inés del Río con sus 24 asesinatos que, a la vista de lo que ocurre, hasta es posible llegue ocupar un cargo público.

Y el reciente de unos Jueces que, por una interpretación suya, después considerada como errónea, cuando una fechoría siempre es un delito, pusieron en libertad a unos barco-traficantes de droga, para los cuales se ha dictado ahora orden de búsqueda y captura.


Murcia, 24 de Julio de 2014                José María Vela Urrea.            

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