viernes, 10 de enero de 2014

Nochebuena 2013


Como no me funciona la tele he puesto la radio, sintonía COPE, para escuchar el mensaje navideño de S.M. el Rey; antes he escuchado una serie de anuncios de los que separo el de IBERDROLA exponiendo la claridad en sus facturas al reseñar las diferencias entre el importe de la electricidad y los impuestos incluidos en ellas.

Antes de comentar ambas cosas me voy a permitir copiar el inicio del Artículo 20 de la Constitución - 1 Se reconocen y protegen los derechos: a) “A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción,”  acogiéndome al resto del mismo para que no haya ninguna interpretación o suspicacia.

Invirtiendo los términos y dada su categoría y el respeto que se le debe a S.M. debo referirme a lo que yo he entendido de su mensaje. Ha lamentado la situación actual del País, de las familias que se encuentran en paro o en otras circunstancias adversas y ha hablado de que todos juntos podemos hacer que España vuelva a la normalidad, lo cual es muy razonable y correcto, aunque haya quienes desean fragmentar el País para su lucro particular, sin pensar que, al conseguir sus propósitos destruirían unas zonas que no  podrían levantar cabeza mientras ellos, enriquecidos, se iban a lejanos horizontes

Diferencia con el mensaje de hace unos años en que nos habló del Artículo 14 “Todos los españoles son iguales ante la Ley “ y de otras cosas que algunos se han empeñado en tirar por tierra con sus opiniones sobre carencias de indicios, al no pensar el daño que le ocasionan. Esos deben recordar que el Artículo 15 comienza “Todos...” término que es anti-excluyente, y terminantemente prohibido usar en periodismo, al poder suscitar una querella y que alguien deba visitar el Juzgado, cuando la lengua castellana tiene gran cantidad de calificativos para no escribir el citado “Todos” , tales como “algunos, bastantes, ciertos, demasiados, infinitos,  muchos....”

Al parecer hay quienes desean destacar en la NO aplicación del repetido Artículo 14 y así está el País, ya que a nadie le cabe en la cabeza que la mano izquierda ignore lo que hace la derecha, contradicción que se extiende  totalmente cuando con  el anterior Presidente del Gobierno, que se ignora si cotizó a la Seguridad Social -como cualquier trabajador-  ha tenido un trato especial asignándole una principesca `pensión vitalicia, incrementada con lo que perciba por pertenecer al Consejo de Estado, sin contar con que puede ingresar algo más por ignorados conceptos. ¡Spain!

En mi etapa de colaborador emérito en el Diario LA OPINIÓN, de Murcia y fecha 8 de Noviembre 1992, se publicó, a página entera, la “Historia del burro” en la que, entre otras cosas decía, citando a Cervantes, “De esta manera habrían de salir de sus gobiernos todos los malos gobernantes, como sale este pecador”  comentario de un estudiante al ver sacar a Sancho Panza de un profundo abismo. El antes citado debía haberse ido a su León natal igual que Sancho “sin blanca”, pues su nefasta labor dejó a España en el estado actual y, eso, en la empresa particular, hubiese originado el despido sin indemnización de ninguna clase, pero estamos en España donde hay disposiciones que contradicen a la Constitución. Así que, de IGUALDAD para todos los españoles, ”rien de rien”  por decirlo en otro idioma, siendo posible que algunos no sean españoles. pues hacen “el sueco” muy bien.

Debo decir que a los cinco días de su publicación fui despedido fulminantemente del Diario, sospechando que posiblemente le sentó mal a alguien, ignorante de que el Gobierno de entonces apoyaba se leyera el Quijote....
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Y ahora voy con el anuncio de IBERDROLA que, al parecer, nos quiere hacer comulgar con ruedas de molino, pues si una turbina gira igual en Europa, ¿por qué cobran aquí la electricidad más cara?

He buscado una factura de unos  51 Euros, que es el citado por ellos, encontrando los siguientes conceptos en la nº 20130207010298020 de 7/2/2013:
                                                              Factura                        Debía ser          Dfª          
Potencia contratada                               6,76 +  8,32
Energía consumida                               11,74 +14,41                  11,74+14,41
Impuesto sobre electricidad                          2,31
TOTAL ENERGIA                                  43,34
Alquiler de equipo de medida            1,62                            1,62
IMPORTE TOTAL                                   44,96
IVA 21% s/44,96 €                                    9,44         s/27,72=       5,83      
TOTAL IMPORTE FACTURA              54,40                            33,55 €     + 20,85 €

Y aquí va una explicación de este abuso donde, además hay una subida de precios:

Potencia contratada ( Este concepto lo cobra IBERDOLA)
Este concepto  NO es ni un consumo ni un servicio, ES UN INVENTO PARA COBRAR POR NADA. Lo pagamos todos los usuarios y lo cobran las Compañías. Lo tienen peor las explotaciones agrícolas que lo pagan todo el año cuando solo utilizan electricidad en la temporada de sus cultivos, y si ha habido cosecha.

Impuesto sobre electricidad 
Esto NO es ni un  consumo ni un servicio, ES UN IMPUESTO (incremento totalmente indebido, gravado con el 21% de IVA, pues no creo proceda que un IMPUESTO sea gravado con otro),  procedente del antiguo de la minería del carbón, a exigir del 4,864% por Ley 66/1997 (hace 16 años) cuando, que yo sepa, ni se extrae carbón, no hay centrales ni máquinas movidas por el mismo y las locomotoras a vapor hace años pasaron a la historia. Lo único que es posible funcione en algunas poblaciones son las instalaciones de calefacción quemando carbón.

Ambos conceptos deberían ser SUPRIMIDOS aunque el Estado es cómplice al percibir al 21% de IVA sobre el importe TOTAL, un porcentaje que debía ser más reducido.

Aparte de que IBERDROLA tiene una forma particular de Contabilidad, donde no hace Notas de Abono, (confirmado por escrito)  sólo Cargos; NO LES DA LA GANA DE COMPROBAR DATOS FIDEDIGNOS CUANDO SE RECLAMA POR COBROS INDEBIDOS, según su propia expresión. Al que suscribe, entre otras anomalías, me ha pasado CINCO CARGOS por un mismo e IMPROCEDENTE concepto donde solo existen TRES contadores.

Y el Fiscal General del Estado sin enterarse de nada de esto, cuando este producto de primera necesidad en hogares e industrias debía estar NACIONALIZADO.

En apoyo de la claridad que pregona su anuncio radiado, copio de otro escrito mío, un modelo de factura, donde todo está muy claro y con los conceptos procedentes, que NUNCA aceptarán.
Para evitar errores y granujerías (que también las hay), con el fin de que el abonado no tuviese ninguna duda de que lo que pagaba era correcto, estimo que debía imprimirse por una sola cara del papel y  confeccionarse de la siguiente forma:
Ejemplo:
Datos  identificativos:
Abonado: José Martínez                                Factura nº:222333444,  de 31/1/2014
Domicilio: Corregidor Pueyo, 7                      Contrato nº: 55667788
Ciudad: Murcia-30007                                   Período de facturación:1 a 31 Enero 2014    

Resumen de facturación:
Lectura actual: 2.280 Kw  -  Anterior: 2260 Kw  =  20        Kw. Consumidos
por  precio                                                                   Importe                   x      €

Alquiler de contador (en su caso) Mes: Enero – 31 días
por precio  =                                                              Importe                   x      €

Impuesto          % s/Importe de energía consumida  =                              x      €
Impuesto          % s/Importe alquiler contador (en su caso)                      x      €
                                                                                                          ------------                                                           IMPORTE TOTAL A PAGAR               X      €
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Las variaciones de precios debían aplicarse desde el primer día del mes siguiente, sin aplicar fracciones decimales de mes (que deben de ser los días del calendario de cada uno), ni, tampoco, días de consumo a un precio y otros al nuevo.

ELIMINAR POR IMPROCEDENTES los conceptos “Potencia contratada” e “Impuesto sobre electricidad” y suprimir por lo tanto los Impuestos que los gravan, al ser paradójico el primero, que  NO es ni un servicio ni un consumo; es un concepto para cobrar por NADA. Y el segundo que es un impuesto y, por lo tanto sin que proceda sea gravado con otro, en este caso el 21% de IVA., al ser contradictorio.

Con esta propuesta de modelo el consumidor comprobaría fácilmente que es correcto lo que paga por cada concepto y, al ser más pequeña, se economizaría papel.
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Estos son los comentarios, relacionados con los dos asuntos del momento  que, en mi opinión, merecen ser difundidos.


Murcia, 24 de Diciembre, Nochebuena,  de 2013       José María Vela Urrea.

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