viernes, 11 de noviembre de 2011

AUSTERIDAD- II

DISPOSICIÓN DE FONDOS PÚBLICOS

Para que la economía de una Nación funcione adecuadamente el Estado debe hacer un estricto control, para no gastar NUNCA más de lo que se ingresa, toda vez que la recaudación de impuestos proviene del Pueblo, siendo el Gobierno quien debe administrar muy bien lo recaudado para que redunde en beneficio del País, evitando sea utilizado por algunos desaprensivos para beneficio propio, llevándolo al día y con una claridad meridiana para evitar derivaciones o escamoteos como hay actuales.

Dentro de un estricto planteamiento de austeridad, con el fin de reducir gastos, el Estado
debe suprimir la existencia de organismos que tengan iguales o parecidas misiones, por ejemplo, con los representantes en el Congreso es suficiente; por lo tanto sobra el Senado (que cuesta unos 3.500 millones de Euros anuales), así como el Tribunal Constitucional, pues para dirimir cuestiones derivadas de la Carta Magna es bastante con que haya una Sala especial en el Tribunal Supremo, debiendo cuestionarse también la delegación de atribuciones a las Comunidades Autónomas y, en algunos casos, hasta los Ayuntamientos, entidades menores cuya competencia deben ser, exclusivamente, los temas regionales o locales, dejando en funcionamiento solo una parte a los que deban ejecutarlas de la mejor y más económica forma, reduciendo de una forma drástica el personal administrativo, así como el parque de vehículos oficiales de toda la Nación.

Las Fuerzas de Policía y Cuerpos de Seguridad del Estado deben integrarse en un solo Cuerpo, asumiendo todas las competencias, disponiendo de acceso directo a todos los archivos necesarios para una mejor actuación. El Ejército, situado en territorio nacional, debe encontrarse disponible para actuar rápidamente y con todos los medios necesarios en momentos de catástrofes, para lo cual recibirá la oportuna preparación.

Todos deben cotizar a la Seguridad Social por la totalidad de sus ingresos para tener derecho a percibir la pensión que, por años de cotización e importes, le pueda corresponder al cumplir la edad reglamentaria.

El Gobierno NO PODRÁ, EN NINGÚN CASO, efectuar donaciones de ninguna cantidad a NADIE. Los Sindicatos, los Partidos políticos, las ONG y diversas organizaciones que no pertenezcan al Estado, NO PODRAN PERCIBIR CANTIDAD ALGUNA PROVENIENTE DE FONDOS PUBLICOS. Deben ser financiados por sus afiliados o benefactores. Su contabilidad será controlada de la forma más estricta posible por el Tribunal de Cuentas.

Se exceptúan las donaciones figuradas en las declaraciones de renta del IRTP.

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